Cazador de
Noticias
Fútbol y Constitución

Por José Luis Zerillo

Referente de Nuevo Encuentro en el Frente para la Victoria

Un sorprendente debate surgió en estos días sobre la posibilidad de sancionar los cánticos que, a modo de protesta social, se entonan en las canchas de fútbol contra el Presidente Mauricio Macri. Como antecedente a esta novedosa propuesta, recordamos que una particularidad del gobierno nacional desde su asunción, ha sido la de procurar denuncias penales, allanamientos y arrestos a quienes insultan por redes sociales tanto al Presidente como a figuras del gabinete nacional. Ambas “políticas de estado” sin lugar a dudas implican un retroceso sobre los amplios márgenes de libertad de expresión al que estábamos acostumbrados los argentinos y llama la atención que conlleven la sanción a expresiones que de una u otra forma implican rechazo a las políticas de gobierno o a sus integrantes.

No nos tiene que gustar

La protección de la libertad de expresión y su defensa, no va de la mano con que estemos de acuerdo con lo que ahí se diga. Claramente no presenta conflicto si todos opinamos igual y todos pensamos lo mismo. El desafío de la protección es permitir la disidencia y el debate, más allá incluso de qué opinión nos merece en lo personal las formas utilizadas para expresarla. Son recordadas las tapas de una revista de Noticias de la Argentina, en la cual se llegó a publicar una ilustración de la ex Presidenta Cristina Fernández de Kirchner simulando un orgasmo, publicación que mereció un fuerte repudio social y político, pero que la editorial continúo con la venta de ejemplares sin ningún condicionamiento al respecto.

La protección constitucional del art. 14 de la Constitución Nacional de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa, y que posteriormente fuera garantizada también por el art. 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos, entre otros instrumentos de protección, establece con claridad que dicha libertad no solo se garantiza mediante los medios de comunicación sino cualesquiera otros medios utilizados de expresión. Así, la expresión emitida por medios gráficos, televisivos, radiales, redes sociales o también mediante la pintura, la música o manifestaciones públicas, todas ellas se encuentran garantizadas por nuestro ordenamiento legal, sin que ello implique opinar sobre su contenido o idoneidad del medio empleado para llevarla a cabo.

Contrario a ello, resulta claramente improcedente comparar el supuesto en análisis con las normas administrativas que imponen a los árbitros la suspensión de los partidos ante cánticos racista o que resulten apología del odio nacional o religioso, ya que dichas situaciones se encuentran previstas en las únicas y excepcionalísimas circunstancias donde se impone la posibilidad de restringir el uso de la libertad de expresión. Estos supuestos, no se encuentran comprendidos ante formas de expresión que, sin procurar instalar una situación de discriminación por la condición religiosa, sexual, nacional o étnica de una persona, emita una expresión negativa que compartida o no debamos sin lugar a dudas permitir.


En Argentina


En nuestro país, desde la recuperación de la democracia a la fecha se realizó importantes avances en lo que respecta a la libertad de expresión. Entre los hitos más relevantes encontramos la derogación de la figura del Desacato en 1993 y que se asemejaba bastante a la discusión que hoy, 25 años después, nos encontramos atravesando. El desacato era una especie dentro del género de las injurias pero que operaba solamente cuando el sujeto pasivo de la misma, era un funcionario público (presidente, ministros, jueces). Dicha figura fue derogada ante un proceso en el Sistema Interamericana y en que el Estado argentino se encolumnaba a recibir una condena por parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, todo lo que motivó que el Poder Ejecutivo Nacional promoviera su derogación del Código Penal. Posteriormente en el 2009, también a fin de evitar una condena del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, el gobierno nacional de entonces promovió y obtuvo, mediante ley 26.551, la derogación de los delitos de Calumnias e Injurias en los casos en que existan “expresiones referidas a asuntos de interés público o las que no sean asertivas”.

Claramente la derogación en esos términos, amplió los márgenes de la libertad de expresión de periodistas y comunicadores en general sobre las expresiones vertidas que hagan al interés público. Es por ello, que la situación no parece la mejor y merece agudizar la mirada. No tenemos que estar de acuerdo con lo que se emite en las redes sociales para defender que exista la posibilidad de hacerlo, ni tenemos que estar de acuerdo con los cánticos de fútbol para darnos cuenta que cualquier sanción al respecto deviene inconstitucional y atrasa en derechos. Recordamos acá, que la Corte Suprema de EE.UU en el famoso caso “Texas vs Johnson” (1989) convalidó el derecho a la libertad de expresión, incluso en un supuesto donde el medio empleado fue la quema de la bandera norteamericana, conducta que conlleva la sanción penal en el propio estado de Texas.

Estamos abriendo una riesgosa puerta de la cual no medimos consecuencias. Perseguir y castigar las expresiones en redes sociales, pretender sancionar las manifestaciones públicas y ahora procurar acallar las voces disidentes en espectáculos deportivos son un claro avance sobre la libertad de expresión que nos hace retroceder décadas al respecto.

Aclaración: La opinión vertida en este espacio no siempre coincide con el pensamiento de la Dirección General.

Efemérides - 05 de Marzo
1988 Muere en Mar del Plata, Alberto Olmedo
Día de San Lucio
Día Nacional del Gas
1616La Iglesia Católica condena el libro de Copérnico que contiene sus teorías astronómicas
1848Se establece en Francia el sufragio Universal
1854 El general Justo José de Urquiza accede a la Presidencia de la Confederación Argentina
1860Santiago Derqui asume la presidencia de la Confederación Argentina, al terminar el mandato del presidente Urquiza
1871Nace la revolucionaria, Rosa Luxemburgo
1904Se funda el Club Atlético San Telmo
1912Fundación del Instituto Saturnino Unzué
1933 Los nazis ganan las elecciones en Alemania y consiguen el 44 por ciento de los escaños
1936Llegan al país los restos de Carlos Gardel
1940El Politburó del PCUS ordena la ejecución de 14.700 oficiales polacos en el bosque de Katyn
1940Nace el cantante, Dyango
1941Se suicida el actor teatral y cinematográfico, Florencio Parravicini
1953Fallece en Moscú, José Stalin
1953Muere el compositor, Sergei Sergeyevich Prokofiev
1957Nace el actor, humorista, director y conductor, Dady Brieva(Rubén Enrique Brieva)
1959Nace el actor, Darío Grandinetti
1963Nace la actriz, Esther Goris
1964Se crea el Movimiento de Integración y Desarrollo(MID)
1966Fundación del Colegio de Odontólogos de la Pcia de Buenos Aires-Noveno Distrito
1968Nace el cantante, Iván Noble
1970Entra en vigor el Tratado de No Proliferación de Armas Nucleares (TNP)
1973Nace el ex futbolista marplatense y hoy DT, Juan Esnáider
1977Tom Price, muere en el Gran Premio de Sudáfrica
1982Murió el actor, John Belushi
1983Muere el poeta, Francisco García Jiménez
1991Nacen los futbolistas, Rogelio y su hermano mellizo Ramiro Funes Mori
1993El atleta Ben Johson es suspendido tras dar positivo un control antidoping
1999Muere el actor, Maurice Jouvet
2004Muere el periodista, Juan Castro
2011Muere en La Habana, Alberto Granado, amigo y compañero de viaje de Ernesto “Che” Guevara
2013Murió el expresidente de Venezuela, Hugo Chávez
2019Murió Esteban Righi, ex procurador General de la Nación entre 2004 y 2012. Además fue Ministro del Interior de Campora en 1973
2021El papa Francisco inicia su histórica visita a Irak