Los hechos ocurridos en Olavarría, donde una cursante de la escuela de formación policial de esa localidad ha sido excluída por haber confesado a sus superiores su estado de embarazo, resulta tan impactante que hasta resulta difícil volcar los infinitos interrogantes que puede plantearse cualquier persona educada en los mínimos valores de respeto hacia esa sublime y sagrada condición.
En primer lugar, la decisión en sí de las autoridades dependiente de un ministerio de seguridad a la vez dependiente de un gobierno provincial que nos aturde con su mensaje de respeto hacia los derechos humanos (de algunos), parece contradictorio a todo aquello, como también indicador de la poca capacidad para resolver una cuestión que lejos de resultar extraña al género humano constituye la principal razón de su existencia y evolución.
Que los dichos de la Directora de Formación y Capacitación del Ministerio de Seguridad, Belén Fernández, reconociendo la exclusión y asegurando que “la escuela de policía tiene actividades muy intensas”, mueve a risa a quienes conocemos en profundidad la tibieza del régimen de actual formación en su mayor parte teórico y en todo caso:
¿No cree esta funcionaria que conocida la situación no sería respetada y cuidada esmeradamente por sus compañeros que créase o no son también seres humanos con sentimientos individuales y de grupo.
¿No estarán los profesores de educación física y “artes marciales”, en condiciones de instruir a una mujer embarazada o adecuarle el esfuerzo?
¿Cuál es la incapacidad ministerial en disponer, aunque no sea en resolución kilométrica a la que estamos acostumbrados, la continuidad del curso hasta su finalización postergando el rendimiento de, por ejemplo la práctica de tiro, que podría resultar peligrosa para la gestación, y tal como se hacía no muchos años atrás proceder al nombramiento “ad referéndum” del cumplimiento curricular con posterioridad al alumbramiento, como se hacía antes respecto a los oficiales egresados que aún no habían cumplido los 18 años o en tantas otras situaciones?
Quizás debieran entender estos funcionarios que no todo lo hecho tiempo atrás es malo y sacar de ello lo que podría resultar beneficioso.
¿El magistrado de intervención en la solicitud de amparo, no tiene en cuenta que mas allá de su razonamiento técnico, al requerir el agotamiento de la vía administrativa está condenando a la peticionante ausentando a la justicia de su deber primordial, ya que cualquiera ve que en los tiempos administrativos, para cuando se pudiera requerir nuevamente el amparo el niño ya estaría yendo a la universidad?
¿No hay derechos primordiales y lógicos que se vulneran, más allá de la pretendida protección a la vida por nacer?, ¿No se esta privando al niño que se pretende proteger, de los medios de subsistencia y atención futuros, que su madre ha intentado encontrar asegurándose un trabajo permanente que incluye una cobertura asistencial, que esta situación también le niega?
¿Es la pretendida “protección” que menciona el Ministerio, su abandono, basándose en la idea de que “puede ingresar el próximo año u otro?
¿O es que, en definitiva el miedo que la responsable de la formación pasa por le hecho de su conocimiento de las pésimas condiciones de la alimentación que obligatoriamente debe proveer el estado a los futuros policías, afecte a la gestante?. Peligro cierto, teniendo en cuenta la generalizada pérdida de peso de todos los aspirantes que curiosamente no se debe precisamente a una intensa actividad física.
Miguel Ángel Reynoso
Secretario General APROPOBA
(La opinión de los columnistas no siempre coincide con el pensamiento de la Dirección General).