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Sábado - 12 de Abril de 2008 11:29
“Hemos dado un paso adelante en materia judicial”

El gobernador Daniel Scioli se refirió de esta manera al sistema de “flagrancia”, que se incorporó tras la reforma judicial impulsada por el gobierno bonaerense. La mitad de los procesos judiciales con detenidos en la Provincia se resolvió mediante ese sistema que permite que los juicios se definan en unos 20 días.

Esta modalidad permite que los procesos judiciales se definan en unos 20 días y ya está implementada en 11 de los 18 departamentos judiciales, lo que contribuirá a descomprimir las fiscalías y las comisarías y alcaidías.

Se trata de un sistema que prevé instancias orales y procesos legales mucho más veloces para todos aquellos casos en donde las personas que cometen un delito son apresadas “in fraganti”, lo que también descomprimirá el saturado Tribunal de Casación de la Provincia, que tiene más de 7.000 expedientes acumulados.

Al respecto, el gobernador bonaerense Daniel Scioli aseguró: “Hemos dado un paso adelante en materia judicial, esta herramienta legal permitirá acercar la justicia a la comunidad y dotarla de mejores condiciones para garantizar el debido proceso y la celeridad de las causas”.

En tanto, el jefe de Gabinete y Gobierno, Alberto Pérez, aseguró que “desde el inicio de la gestión, el gobernador Scioli planteó la necesidad de tener una justicia más ágil, una justicia más rápida y una justicia más efectiva”.

“Eso se materializa en el nuevo sistema de flagrancia, que a la brevedad se pondrá en práctica en los 18 departamentos judiciales”, agregó.

Por su parte, el ministro de Justicia provincial, Ricardo Casal, manifestó: “Hemos trabajado en conjunto con toda la comunidad judicial para elaborar el proyecto que finalmente aprobó la Legislatura bajo el nombre de Reforma Penal”.

“Todos participaron y aportaron sus ideas y experiencias, fundamentalmente aquellos que habían trabajado en sus distritos como pruebas piloto de este nuevo sistema”, añadió.

La puesta en marcha en cada uno de los departamentos judiciales tuvo la coordinación del fiscal de Mar del Plata, Guillermo Nicora, quien desde 2005 coordina un equipo de profesionales.

“La Justicia debe dejar de lado ese juego de palabras con las que se trabaja en las instancias previas e inclusive con que se dictan las condenas y empezar a explicar a la gente de manera clara qué es lo que se resuelve, cómo y porqué”, dijo el fiscal.

Y ejemplificó: “Los casos resueltos por flagrancia son verdaderos juicios de película, en donde, como suele verse en el cine o en la televisión, el juez, el fiscal y el abogado exponen de manera oral y resuelven en la misma audiencia”.

Los especialistas explican que este nuevo sistema funciona bajo dos premisas que son fundamentales: la transparencia, a través de las instancias orales y públicas de las audiencias previas a los juicios; y la celeridad, alcanzada por utilizar los mecanismos orales.

“Es justamente la oralidad la que hace que la justicia se acerque a la gente; que deje de ser algo resuelto entre cuatro paredes y en un lenguaje rebuscado, en donde muchas veces ni siquiera el detenido sabe de qué se lo acusa”, afirmó Nicora.

Desde las oficinas de la Procuración General de la Suprema Corte de Justicia provincial aseguran que el programa de “flagrancia” sirvió como testimonio para la promulgación de la Ley de Reforma Judicial, que permitió procesar la mitad de los procesos con imputados detenidos, y que en lo que va de 2008 ya posibilitó la resolución de más de 900 casos.

La incorporación de este sistema, que comenzó como prueba piloto a mediados de 2005 y que continuó aplicándose gradualmente desde 2006 hasta la actualidad, permite la resolución directa, en un plazo que no puede ser mayor a los 90 días, de casos vinculados con delitos que tienen penas de hasta 15 años.

La flagrancia se da cuando una persona es apresada por la policía o por el propio damnificado “con las manos en la masa” durante un robo, por lo que la justicia está obligada a resolver en no más de 24 horas la imputación del hecho.

Así, en ese mismo periodo, el fiscal debe exponer los motivos de la detención, los argumentos por los que se lo va a acusar y las pruebas que hay en su contra, así como también el pedido al juez para que se convalide la detención.

En un plazo máximo de 5 días de la detención de la persona se realizará la primera audiencia, en la que el juez puede resolver la excarcelación, el sobreseimiento, la prisión preventiva o las partes acordar suspensión del juicio a prueba o juicio abreviado.

“Lo más importante es que el imputado tiene asegurado un juicio rápido; inclusive puede aceptar un juicio abreviado cuando las pruebas son casi irrefutables, entonces no quedan muchas alternativas para el detenido”, comentó Nicora.

También, el fiscal explicó: “Nosotros en Mar del Plata hemos resuelto casos en dos o tres días y no sólo con condenas, muchas veces exigimos que la víctima reciba del imputado una reparación por el daño como condición para cerrar el caso”.

Si no hay acuerdo entre las partes o de no haberse dictado el sobreseimiento, el juez debe resolver si mantiene detenida a la persona y convoca a una segunda audiencia de finalización del proceso en flagrancia dentro de los 20 días siguientes.

En esta segunda audiencia, que también se resuelve oralmente, las partes tienen nuevamente la posibilidad de llegar a un acuerdo y, si esto no ocurriera, la causa se eleva a juicio, que deberá realizarse dentro de los 60 días.

Actualmente, las instancias investigativas mediante el sistema judicial tradicional se extienden hasta cinco años si la persona está en libertad, y no menos de 8 meses si está detenido con prisión preventiva.

Uno de los últimos departamentos judiciales en los que se instituyó fue Necochea, donde ya se dictó el primer fallo de juicio por flagrancia que se resolvió tras la Reforma Judicial encarada por el gobernador Scioli.

Se trata de un caso de “robo en flagrancia y lesiones” protagonizado por dos jóvenes de Necochea, de 22 y 23 años, quienes asaltaron a un playero de una estación de servicio.

En apenas 10 días se realizó una audiencia oral y pública en la que el Juez de Garantías, Gerardo Moreno, dictaminó la instancia de “juicio a prueba”, dejó en libertad a los jóvenes pero bajo la tutela del Patronato de Liberados de la Provincia.

Pero, además, los sentenció a resarcir a los dueños de la estación de servicio con una suma de dinero pautada entre los abogados defensores y la fiscal de turno, y estableció una suma de dinero que los dos jóvenes, mayores de edad, deberán aportar a un hogar de ancianos y a una escuela local.

Fuente: Télam

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