La Cámara Electoral difundió los pasos a seguir por quienes el domingo no pudieron votar por motivos como enfermedad o distancia, entre otros.
El tribunal informó que aquellos ciudadanos que no sufragaron “deberán concurrir a la Secretaría Electoral de su distrito para justificar la no emisión del voto” y esas direcciones se pueden consultar a través de la página web www.pjn.gov.ar
Quienes se encontraban a más de 500 kilómetros de distancia de su lugar de votación deben presentar en la Secretaría Electoral “en un plazo no mayor a 60 días posteriores a la elección, el certificado emitido el día de la elección por la Policía para justificar la ausencia”.
Los que estaban enfermos deben presentar en la misma dependencia o ante la Cámara Nacional Electoral “el certificado médico correspondiente” en el mismo plazo de 60 días.
En tanto, si el interesado tiene la constancia que justifica la ausencia, pero no realiza el trámite “estará inhabilitado para ejercer cargos públicos por el término de tres años e imposibilitado de realizar trámites ante organismos públicos, como por ejemplo renovar el pasaporte”.