Cazador de
Noticias
Jueves - 29 de Diciembre de 2011 09:45A PESAR DE LOS ACCIDENTES
La ley para el control de cuatriciclos brillará por su ausencia otro verano
Una iniciativa que apunta a regular la circulación condiciones de uso de estos vehículos fue presentada por el Poder Ejecutivo de la Provincia en marzo de 2011. Sin embargo, aparecieron trabas en la Legislatura y el proyecto pasó a engrosar la agenda de normativas pendientes de tratamiento que dejó el cierre del período de sesiones.
La propuesta, que también restringiría el uso de cuatriciclos a lugares especialmente habilitados, fue girada por la gestión bonaerense luego de una temporada en la que se reinstaló con fuerza la polémica, sobre todo en relación a la participación de menores en el manejo de estas unidades.
Sin embargo, a lo largo del año, el tema no logró sortear la instancia de debate en las comisiones.
Cabe destacar que hay otro proyecto similar en la Cámara de Diputados. La iniciativa fue ingresada en 2010 por el actual presidente del bloque del Frente para la Victoria, Juan De Jesús, quien planteó medidas similares pero tampoco logró que prosperaran.
REGULACIONES PROPUESTAS
El proyecto, elaborado por la Gobernación y remitido a la Legislatura, prevé la incorporación de un capítulo específico en la Ley de Tránsito Provincial Nº 13.927, que es la norma que regula la circulación de vehículos llamados “fuera de ruta”, entre los que se encuentran los cuatriciclos, triciclos y vehículos cuatro por cuatro.
La iniciativa prohíbe circular con triciclos motorizados y cuatriciclos en rutas, autopistas, semiautopistas y autovías de jurisdicción provincial o nacional que se encuentren dentro del territorio de la Provincia.
Se establece que estos motovehículos sólo puedan circular -a menos de 40 km por hora- en caminos rurales y zonas geográficas habilitadas por los municipios, “debiendo ser trasladados en tráiler hasta esos lugares”.
Estarán exceptuados de esas exigencias aquellos que participen de actividades deportivas y cuenten con autorización expresa de la autoridad competente.
Fuera de las rutas provinciales, los cuatriciclos tendrán una limitación en la circulación que será determinada por los municipios -de acuerdo a la facultad que les otorgaría este nuevo capítulo de la ley de tránsito- estableciendo las zonas habilitadas, y de acuerdo a su estructura geográfica, podrán autorizar ciertas zonas de circulación, como pueden ser las riberas de los ríos y del mar.
La letra propuesta por el Ejecutivo provincial determina asimismo que en áreas naturales protegidas no podrán circular en caravana de más de cuatro vehículos de este porte, ni la circulación a la par de más de dos, ni estará permitida la concentración de más de 15 cuatriciclos sin autorización previa de la autoridad competente.
Según establece la iniciativa oficial, estos vehículos también deberán cumplir con los sistemas y condiciones de seguridad, iluminación, documentación y otros requerimientos exigidos en las normas de tránsito vigentes para los vehículos automotores. Sólo así podrán circular, mientras que además sus conductores y acompañantes deberán cumplir las exigencias normativas impuestas.
Sin embargo, a lo largo del año, el tema no logró sortear la instancia de debate en las comisiones.
Cabe destacar que hay otro proyecto similar en la Cámara de Diputados. La iniciativa fue ingresada en 2010 por el actual presidente del bloque del Frente para la Victoria, Juan De Jesús, quien planteó medidas similares pero tampoco logró que prosperaran.
REGULACIONES PROPUESTAS
El proyecto, elaborado por la Gobernación y remitido a la Legislatura, prevé la incorporación de un capítulo específico en la Ley de Tránsito Provincial Nº 13.927, que es la norma que regula la circulación de vehículos llamados “fuera de ruta”, entre los que se encuentran los cuatriciclos, triciclos y vehículos cuatro por cuatro.
La iniciativa prohíbe circular con triciclos motorizados y cuatriciclos en rutas, autopistas, semiautopistas y autovías de jurisdicción provincial o nacional que se encuentren dentro del territorio de la Provincia.
Se establece que estos motovehículos sólo puedan circular -a menos de 40 km por hora- en caminos rurales y zonas geográficas habilitadas por los municipios, “debiendo ser trasladados en tráiler hasta esos lugares”.
Estarán exceptuados de esas exigencias aquellos que participen de actividades deportivas y cuenten con autorización expresa de la autoridad competente.
Fuera de las rutas provinciales, los cuatriciclos tendrán una limitación en la circulación que será determinada por los municipios -de acuerdo a la facultad que les otorgaría este nuevo capítulo de la ley de tránsito- estableciendo las zonas habilitadas, y de acuerdo a su estructura geográfica, podrán autorizar ciertas zonas de circulación, como pueden ser las riberas de los ríos y del mar.
La letra propuesta por el Ejecutivo provincial determina asimismo que en áreas naturales protegidas no podrán circular en caravana de más de cuatro vehículos de este porte, ni la circulación a la par de más de dos, ni estará permitida la concentración de más de 15 cuatriciclos sin autorización previa de la autoridad competente.
Según establece la iniciativa oficial, estos vehículos también deberán cumplir con los sistemas y condiciones de seguridad, iluminación, documentación y otros requerimientos exigidos en las normas de tránsito vigentes para los vehículos automotores. Sólo así podrán circular, mientras que además sus conductores y acompañantes deberán cumplir las exigencias normativas impuestas.
Efemérides - 29 de Diciembre
Día de San David
Día del Bromatólogo
1853Son ejecutados el coronel Ciriaco Cuitiño y el comerciante y alférez de milicias, Leandro Antonio Alén(padre de Leandro Além)
1868Julio y Federico Lacroze obtienen la concesión para instalar la primera línea de tranvías en Buenos Aires
1869Se funda el Observatorio Astronómico de Córdoba
1877Muere en Carhué, el Dr Adolfo Alsina, gobernador de la Provincia de Bs As. de 1866 a 1868 y vice-presidente de Domingo Faustino Sarmiento entre 1868 a 1874
1902El gobierno argentino envió una comunicación al de Estados Unidos, la cual fue convertida en norma jurídica de derecho internacional: la Doctrina Drago.
1926Nace en Chile el actor, Lautaro Murúa
1944Nace el ex futbolista, Norberto "Beto" Madurga
1945Nace Carlos el "Negro" Suárez
1959Nace en México el cantante, Marco Antonio Solís
1961Jackes Costeau arriba a bordo del Calypso a Mar del Plata, donde realiza un relevamiento de especies marinas
1973Fallece en Mar del Plata el profesor, Antonino Acampora
1973Rosario Central se clasificó Campeón del Torneo Nacional
1991Muere la actriz, Gabriela Gili
1992Estados Unidos y Rusia acuerdan reducir sus arsenales nucleares
1992Renuncia Fernando Collor de Mello a la presidencia del Brasil, acusado de corrupción
2002Muere el dirigente de la UOM, Lorenzo Miguel
2011Carlos Grosso es sobreseído por la justicia en la causa “escuela shopping”
2011El dictador Reynaldo Bignone, fue condenado a 15 de años de prisión por delitos de lesa humanidad
2013Se registran en Mar del Plata 38,4º
2017El diario La Razón publicó su última edición tras 112 años
2018Tragedia en Punta Mogotes. Una mujer de 30 años y su hija de 3 murieron aplastadas por los escombros de balcones que cayeron de un edificio en Acevedo y Puán
2020Falleció el diseñador de moda, Pierre Cardin
2020La Cámara de Diputados a nivel nacional sancionó por mayoría( 132 votos a favor y 119 en contra) la nueva fórmula de movilidad jubilatoria
2022Murió Edson Arantes do Nascimento, Pelé
Lo más leído