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Domingo - 05 de Mayo de 2013 06:02
Caso Hooft: las pruebas que explican por qué investigar al juez suspendido

Organismos de Derechos Humanos aportan documentación que acredita la complicidad del magistrado con el Terrorismo de Estado. Tras haber sido apartado de su cargo, se espera el jury para su posible destitución.

Fue sobre las actas del Proceso de Reorganización Nacional que Pedro Federico Hooft juró como juez penal en el Departamento Judicial Mar del Plata. En junio de 1976 fue nombrado titular del Juzgado Nº3, donde fueron presentados los hábeas corpus cajoneados de los abogados desaparecidos en la denominada “Noche de las Corbatas”.

Tras siete años de lucha e insistencia, los organismos de Derechos Humanos de la ciudad alcanzaron la suspensión del hasta entonces juez en lo Criminal y Correccional. Fue 5 de marzo de 2013 cuando el Jurado de Enjuiciamiento apartó a Hooft de sus funciones. Ahora se espera la llegada del jury para su posible destitución.

Sin embargo, en estos últimos dos meses, no fueron pocas las estrategias desplegadas por Hooft y su familia para desestimar las acusaciones fundadas sobre su complicidad y funcionalidad con los intereses antidemocráticos, perversos y autoritarios de la última dictadura cívico militar.

Lo que sigue es la documentación por la que la Corte Suprema de Justicia consideró pertinente y necesario investigar a Hooft.

Los hechos que incriminan. Entre el 6 y el 13 de julio de 1977 once personas fueron secuestradas en Mar del Plata y alojadas en el viejo radar de la Base Naval. Seis de ellas, abogados: Norberto Centeno, Salvador Manuel Arestín, Raúl Hugo Alaiz, Camilo Ricci, Carlos A. Bozzi y Tomás J. Fresneda.

Las otras cinco personas fueron José Verde y su esposa, María de las Mercedes Argañaraz de Fresneda –embarazada de 4 meses–, María Esther Vázquez de García y su esposo Néstor Enrique García Mantica.

Verde y su esposa, Ricci y Bozzi sobrevivieron a esa trágica detención. Marta García de Candeloro junto a su esposo, el abogado laboralista Jorge Candeloro fueron secuestrados en Neuquén y trasladados a Mar del Plata en el mismo período.

Al juzgado de Pedro Federico Hooft fue que ingresaron todos los hábeas corpus presentados en esos días por los secuestros de la posteriormente bautizada “Noche de las Corbatas”.

Según consta en la causa iniciada en 2006, Hooft intercedió ante el Coronel Pedro Barda –Jefe de la Subzona 15– para lograr la liberación de Camilo Ricci. Sin embargo no dio curso al hábeas corpus presentado a favor de los otros abogados secuestrados. Rechazó incluso un recurso a favor del abogado Jorge Candeloro, pese a tener constancias de que había sido detenido por la Policía Federal en Neuquén y trasladado con su esposa a Mar del Plata.

En octubre de 1977, tres meses después del secuestro de los abogados, el coronel Barda le informó a Hooft que Candeloro había sido abatido en un enfrentamiento, pero el juez no investigó ni pidió explicaciones al Ejército. Tampoco solicitó que le fuera entregado el cuerpo a los familiares que volvieron a interponer un hábeas corpus en 1979 en Neuquén.
Hooft sostenía que el expediente no estaba en su poder. Pero Natalia Messineo, abogada representante de las víctimas, afirmó que “Hooft hizo desaparecer el hábeas corpus de Jorge Candeloro y Marta García”.
 
Esto se confirmó cuando en 2007 el hábeas corpus fue hallado en el archivo del juzgado de Hooft por funcionarios de la Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires en el que existen resoluciones firmadas por él en 1981, 1984 y 1987.

Entre esos papeles, también estaba el hábeas corpus que presentó la madre de Pablo Mancini, Clelia Remondino.

Según Messineo dicho hábeas corpus recibió una respuesta positiva por parte del teniente coronel Costa del GADA 601 en el que informó a Hooft que “el 25 de octubre de 1976 durante el desarrollo de operaciones militares y de seguridad contra la subversión, efectuadas en cumplimiento de órdenes de Comandos Superiores, se había procedido a la detención de Pablo José Mancini”.

“Se halla detenido a disposición de esta jefatura de Subzona Militar”, le dijeron los militares al Juez. Pero Hooft rechazó el hábeas corpus el 29 de octubre de 1976 diciendo que estaba “justificada la privación de la libertad”. Como sostiene Messineo, “de este informe no la notificó a la madre de Pablo Mancini, quien permaneció privado de su libertad en calidad de desaparecido hasta el 24 de diciembre de 1976”.

Una de las causas penales que aún están desaparecidas es la de Juan Bourg y Alicia Rodríguez de Bourg que fueron secuestrados el 5 y 7 de septiembre de 1977, respectivamente, en la quinta que la familia tenía en el Camino Viejo a Miramar. El operativo militar incluyó a cerca de 20 personas armadas, pertenecientes a las fuerzas de seguridad y del Ejército que actuaron de manera conjunta, ejecutando un plan concebido por las autoridades del Ejército. De las pruebas obrantes en la causa surge que el matrimonio estuvo secuestrado en la Base Naval de Mar del Plata y hoy permanecen desaparecidos.
 
En relación a estos hechos se tramitaron ante el juzgado del Hooft dos causas en donde debió investigarse la privación de la libertad del matrimonio. En amba, Hooft dictó el sobreseimiento provisorio a pesar de que existía en las mismas un documento firmado por el Coronel Barda en el que autorizaba al arrendatario del campo de los Bourg a continuar explotándolo reconociendo que el matrimonio estaba detenido por tratarse de “delincuentes subversivos”. Asimismo, de los testimonios brindados por los hijos del matrimonio en el juicio, se desprendió que “en el juzgado de Hooft, a su abuela le mostraron un libro donde constaba la muerte de su mamá en un enfrentamiento. Cuando volvió con un testigo para ver lo que le habían mostrado, se lo negaron y no se lo enseñaron más”.

El juicio político. Por lo anteriormente expuesto, en 2006 se abrió una causa contra Hooft a partir de la denuncia penal que presentó el por entonces Secretario de Derechos Humanos de la Nación, Eduardo Luis Duhalde. El pedido de Juicio Político llegó un mes después y fue presentado por la Comisión Provincial por la Memoria, el Premio Nobel de la Paz, Adolfo Pérez Esquivel, la CTA, la Federación Judicial y organismos de derechos humanos de Mar del Plata, representados por Natalia Messineo y César Sivo.

En el 2007, 2008 y 2010 este pedido de juicio político fue ampliado con la denuncia de nuevos hechos y el aporte de nuevas pruebas contra el magistrado que surgieron a medida que se tramitaban los diferentes juicios penales por crímenes de Lesa Humanidad contra los integrantes de las Fuerzas Armadas de Mar del Plata. Pero fue recién el 5 de marzo de 2013 cuando el Jurado de Enjuiciamiento suspendió en sus funciones a Hooft. La suspensión implica que, además de no poder ejercer como Juez en lo Criminal y Correccional, le será embargado el 40% de su salario. Ahora, queda esperar a que el Jurado de Enjuiciamiento determine cuál será la fecha en la que se realizará el jury por el que podría ser destituido.

La causa penal. En paralelo al juicio político, en el que se avanzó con su suspensión, se tramita la causa penal en el Juzgado Federal N° 1 de Mar del Plata a cargo de Martín Bava, quien asumió como juez de la causa luego de que varios magistrados se excusaran de entender en la misma. Por otro lado, la causa penal tuvo serias demoras a partir de planteos dilatorios realizados por Hooft que llegaron a ser resueltos por la Cámara de Casación Penal y por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Uno de los planteos defensistas del imputado es la excepción de cosa juzgada. En dicho planteo Hooft dice que “ya fue juzgado” por los hechos que se le imputan. Esta defensa fue rechazada en el juicio político y, en la causa penal fue rechazada por el Juez de Primera Instancia, por la Cámara de Apelaciones de Mar del Plata, por la Cámara de Casación Penal y recientemente, el 9 de abril de 2013, por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Es decir que el máximo tribunal del país dijo que Hooft debe ser investigado.

El fiscal federal Claudio Kishimoto y el Jorge Auat, a cargo de la Unidad Fiscal de Coordinación y Seguimiento de las Causas por violaciones a los Derechos Humanos cometidas durante el Terrorismo de Estado, solicitaron la citación de Hooft para prestar declaración indagatoria, pedido que fue receptado por el juez Bava. Así, Hooft ha sido citado en tres oportunidades a prestar declaración indagatoria, a las cuales no concurrió sin motivo justificado alguno.

Al suspendido juez se lo considera a “prima facie” partícipe de los delitos de privación ilegal de la libertad agravada por mediar violencia y amenazas, imposición de tormentos agravada por tratarse de perseguidos políticos y homicidio calificado por el concurso premeditado de tres o más partícipes cometidos en perjuicio de Jorge Candeloro, Norberto Centeno, Hugo Alais, Tomás Fresneda, Mercedes Algañaraz de Fresneda, Salvador Arestín, María Esther Vázquez de García, Néstor Enrique García Mantica, Juan Raúl Bourg, Alicia Rodríguez Bourg, Juan Manuel Barboza, Silvia Ibañez de Barboza y Eduardo Caballero; privación ilegal de la libertad agravada por mediar violencia y amenazas, imposición de tormentos agravada por tratarse de perseguidos políticos cometidos en perjuicio de Marta Haydée García de Candeloro y Pablo Galileo Mancini; privación ilegal de la libertad agravada por mediar violencia y amenazas cometida en perjuicio de Carlos Bozzi, José Verde y María de la Arena.

También se le imputa ser autor penalmente responsable de los delitos de prevaricato, omisión de promover la persecución y represión de los delincuentes, omisión de hacer cesar una detención ilegal, violación de medios de prueba, registros o documentos y falsedad por supresión en relación con la desaparición de las causas penales sobre los hechos que se le imputan y que se tramitaron ante el Juzgado Penal N° 3 a cargo de Hooft durante la dictadura cívico militar.
Fuente:sur. infonews.com

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