La jueza federal con competencia electoral declaró inconstitucionales cuatro artículos de la ley por la que se llamaba a votación popular a los miembros del Consejo de la Magistratura. El resto del calendario electoral se mantiene intacto. Se espera la apelación del Gobierno.
Pasadas las 22.30, la jueza federal con competencia electoral María Servini de Cubría suspendió la elección de los miembros del Consejo de la Magistratura por votación popular. Lo hizo al declarar inconstitucionales cuatro artículos de la ley 26.855.
Se trata de los artículos 2, 4, 18 y 30. De este modo, la magistrada suspende las elecciones de consejeros, mientras que el resto del calendario se mantiene intacto.
Servini de Cubría falló de fondo sobre dos medidascautelares presentadas por Jorge Rizzo, presidente del Colegio Público; y Carlos Traboulsi, presidente nacional de la organización Democracia Cristiana.
En ambos casos, la jueza resolvió “declarar la inconstitucionalidad de los artículos 2, 4, 18 y 30 de la ley 26.855; la inconstitucionalidad del decreto del Poder Ejecutivo 577/2013 y, en consecuencia, hacer saber que queda sin efecto jurídico la convocatoria electoral prevista para la elección de miembros del Consejo de la Magistratura”.
Ahora, seguramente el Gobierno apelará esta decisión de Servini de Cubría ante la Cámara Nacional Electoral. En las últimas horas se esperaba una decisión de la magistrada, que se reincorporó a sus funciones luego de una semana de licencia.
Se trata del primer fallo judicial que resuelve sobre el fondo de la ley, porque hasta el momento se habían conocido medidas cautelares sobre el tema. Ayer, el Gobierno había confirmado que la primarias se realizarían aún si se frenaba la elección del Consejo.
“Las elecciones primarias se harán igual con las categorías que no tengan una traba legal”, había dicho Alejandro Tullio, director nacional electoral.
Tullio dijo que, llegado el caso de suspenderse la elección para miembros del Consejo de la Magistratura, “no se incluirá ese cuerpo de boleta”.