El máximo tribunal declaró inconstitucional la reforma del Consejo sancionada por el Congreso de la Nación, anulando así la posibilidad de que los integrantes de ese organismo sean elegidos por el voto popular en las próximas elecciones.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró este martes la inconstitucionalidad de los artículos 2, 4, 18 y 30 de la ley 26.855, que estableció una nueva regulación del Consejo de la Magistratura de la Nación, y del decreto 577/13, que realiza la convocatoria para la elección de candidatos a consejeros.
El fallo fue firmado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda (voto mayoritario), Enrique Petracchi y Carmen Argibay (voto concurrente) y Raúl Zaffaroni (en disidencia), en la causa “Rizzo, Jorge Gabriel”.
Dentro del fallo, se aclara que “al declararse la inconstitucionalidad, la mayoría (seis jueces) señalan que debe funcionar el consejo con la anterior ley, para evitar una parálisis de su funcionamiento, conforme se decidiera en casos anteriores”.
La reforma del Consejo de la Magistratura que promovió la Casa Rosada y que aprobó el Congreso había llegado al máximo tribunal por un pedido de per saltum que presentó el Gobierno Nacional, luego de que la elección de consejeros quedara suspendida por decisión de la jueza federal María Romilda Servini de Cubría.