Así lo decidió este jueves en la tarde la Sala II de la Cámara Federal de La Plata al otorgar con efecto devolutivo el recurso extraordinario interpuesto por el Gobierno Nacional. De esta manera, los magistrados ratificaron que la cautelar promovida por el bloque de diputados provinciales del FPV-PJ se mantiene vigente en todo el territorio bonaerense.
La Sala II de la Cámara Federal de La Plata concedió con efecto devolutivo el recurso extraordinario interpuesto por el Ministerio de Energía y Minería de la Nación, a cargo de Juan José Aranguren, y el E.N.R.E contra la medida cautelar que ordenó frenar, por el término de tres meses, los incrementos en las tarifas de electricidad de la provincia de Buenos Aires. Si bien los amparistas habían solicitado el rechazo de la apelación, frente a esta eventual resolución pidieron que se mantenga vigente la interrupción de las subas.
En el dictamen de hoy, los camaristas César Álvarez y Leopoldo Schifrin destacaron que “debido a la naturaleza de la resolución atacada (materia cautelar) es aplicable la doctrina uniforme de esta Sala en el sentido que prevalece el efecto devolutivo con que cabe otorgar el recurso contra el aseguramiento cautelar (confr. entre muchos otros, expte. n° 14.469/07, “Recurso de queja en autos Hijos de Federico Herrera Cuello c/ Mrio. De Planificación Federal -Estado Nacional s/ inconstitucionalidad”)”.
Además, consideraron: “… En el caso, prevalecerá el efecto devolutivo previsto por la norma específica (art. 198, in fine) al no encontrarse presentes supuestos de excepción que hagan aconsejable el otorgamiento del recurso en efecto suspensivo. Ello es así, por cuanto no se encuentra acreditado -por el momento- que el cumplimiento de la medida pudiera ocasionar un perjuicio irreparable”.
Cabe recordar que el pasado 7 de julio, dicho tribunal revocó un fallo de primera instancia e hizo lugar a una acción preventiva impulsada en un recurso de amparo iniciado en febrero del corriente año por el bloque de diputados provinciales del FPV-PJ que integran: Walter Abarca, Eva Ramírez, Valeria Amendolara, Andrés Quinteros, Mariano San Pedro, Alejandra Martínez, Liliana Pintos, Marcelo Feliú, Manuel Elías, Mauricio Barrientos, Alicia Sánchez, Ricardo Moccero y Rodolfo Manino Iriart.
En este marco, la justicia platense determinó “por el término de 3 (tres) meses la suspensión de las Resoluciones del Ministerio de Energía y Minería de la Nación 6/2016 y 7/2016 y la Resolución del E.N.R.E 1/2016 para el ámbito geográfico de la Provincia de Buenos Aires”.
Los legisladores cuestionaron que “el Gobierno dispuso un nuevo cuadro tarifario basándose netamente en la rentabilidad de las empresas, sin tener en cuenta el impacto sobre los trabajadores, las PYMES, los comerciantes locales, los pequeños y/o medianos productores”.
Con respecto a la audiencia pública celebrada el 28 de julio en Mar del Plata, sostuvieron que “la misma no tiene validez, carece de andamiaje jurídico y su realización desconoce una resolución de la Justicia Federal”.
En relación al alcance espacial, los diputados aclararon que la suspensión de la suba alcanza a todos los usuarios del servicio de energía eléctrica del territorio de la provincia de Buenos Aires, incluyendo también a los consumidores de las distribuidoras Edenor y Edesur que se encuentran en el Conurbano.