El fallo fue firmado en sentido coincidente por los cinco integrantes del tribunal, Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz.
La Corte Suprema dejó sin efecto las medidas cautelares que frenaban en aumento de la tarifa de la energía eléctrica en las regiones de la provincia de Buenos Aires operadas por las empresas Edenor y Edesur.
El fallo fue firmado en sentido coincidente por los cinco integrantes del tribunal, Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz.
Más temprano, la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, se había pronunciado a favor de la confirmación de las medidas cautelares que frenaban el tarifazo.
El máximo tribunal evitó adentrarse en las razones profundas de la decisión del aumento tarifario y revocó las cautelares por falta de “legitimación activa” de quienes lo habían impulsado: diputados bonaerenses, la Defensoría del Pueblo provincial y el PJ bonaerense.
“Carecen de legitimación quienes iniciaron la causa para actuar en representación de todos los usuarios”, explicó la Corte en un comunicado.
La Corte consagró en 2009 las denominadas “acciones de clase”, por las cuales una decisión judicial puede tener alcance para todos los reclamantes que se encuentran en una única y misma condición.
Sobre esa base, la Cámara Federal de La Plata dictó las cautelares que afectaban a las áreas de la provincia operadas por Edenor y Edesur.
Pero la Corte determinó que quienes impulsaron la acción colectiva no están facultados “para actuar en representación del colectivo conformado por todos los usuarios del servicio de energía eléctrica del ámbito geográfico de la Provincia de Buenos Aires”.
El tribunal también analizó la presentación del Club Social y Deportivo "12 de octubre", que reclamó por su situación particular y, en consecuencia, no intentó una “acción de clase”.
En ese caso, el tribunal resolvió enviar el expediente a la justicia federal de primera instancia para que allí se determine si la institución podría encabezar la representación de todos los denominados “clubes de barrio” que se encuentran en su misma situación frente al incremento tarifario.
El fallo hizo caso omiso al dictamen de la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, quien se había pronunciado a favor de confirmar las medidas cautelares que suspendieron el aumento tarifario.
La jefa de los fiscales había hecho hincapié en el “carácter provisorio de la cautelar, cuyo plazo se limita a tres meses desde su otorgamiento”, por lo que sólo tenía vigencia hasta el mes próximo.
Sin embargo, en ese dictamen la procuradora ya había admitido que los legisladores bonaerenses, la Defensoría del Pueblo provincial y el Partido Justicialista provincial carecían de la representatividad para obtener la medida cautelar a la que habían accedido.
Pese a ello, había determinado que “lo que se encuentra en juego es la tutela cautelar del acceso de los usuarios y consumidores al servicio básico de electricidad y, en definitiva, a derechos fundamentales”.