La Justicia de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata rechazó un recurso interpuesto por una abogada del foro local, que fuera anunciado el pasado 9 de marzo en medios locales, mediante el cual se intentaba frenar la aplicación de las nuevas tasas municipales, aprobadas por el Concejo Deliberante en la sesión del día 12 de enero de 2017.
En esa decisión de grado, el Juzgado Contencioso Administrativo Nº2 de Mar del Plata, sostuvo que la peticionante de la medida “nada ha aportado para acreditar que, en caso de efectuarse un ajuste de lo ya pagado (al cancelar la Tasa de Servicios Urbanos emitida a valores del año 2016), le cause un perjuicio inminente o el agravamiento de una situación de hecho o de derecho”.
Como se hubo de establecer los pagos efectuados no resultaban cancelatorios, pues al aprobarse las nuevas normas (fiscal e impositiva) para el año 2017, las liquidaciones efectuadas serían pasibles de reajuste y ese mecanismo no resulta demostrativo de ninguna ilegalidad, avalándose de ese modo, en una primera instancia, la política tributaria desplegada por la Municipalidad de General Pueyrredon.
Por tales razones, ha sido desestimada, en la instancia de grado, la medida cautelar peticionada para impedir la aplicación de las nuevas tasas municipales.