Hace diez años que las empresas que prestan el servicio de TV por cable deberían haberse ajustado a la Ordenanza Municipal N° 15.981, que impide el tendido de redes aéreas. El abogado Julio Razona expuso su punto de vista ante Cazador de Noticias.
El abogado Julio Razona, conversó con nuestro portal sobre la ordenanza que obliga a las empresas privadas, como Cablevisión y La Capital Cable, a soterrar el tendido de cables que hoy siguen a la vista de todos.
En comparación con Córdoba, por ejemplo, que cumple con la legislación de soterramiento de cables, Mar del Plata tiene ahí otra cuenta pendiente. “Desde el 2007 que las empresas privadas tienen que enterrar los cables y no lo hacen. Esto no solo implica un problema de polución visual, sino también basta con observar cómo los cables están enganchados entre los postes de luz y las paredes, generando un grave problema. Esto es algo improvisado, un cableado impropio de una ciudad desarrollada”, declaró Razona ante Cazador de Noticias.
En este sentido, el abogado destacó que Mar del Plata ya ha soterrado el cableado eléctrico y recordó que la inversión en cuestión les compete a las empresas privadas de TV por cable. “Ya les hemos pagado el soterramiento. En sus balances han hecho sus cálculos de gastos”, dejó en claro.
En este contexto, lamentó que “todos los años, mágicamente los concejales prorrogan el incumplimiento de esta ordenanza. Hace diez años que estamos sufriendo esta polución visual. Hubo un Código de Publicidad aprobado por el propio Concejo Deliberante para evitar la polución visual, con un riesgo físico para los mismos operarios que hacen el mantenimiento de los cables, y todo sigue igual”.
“Vivimos en una ciudad cableada cuando tendría que estar prohibido”, sentenció Razona y manifestó que en Argentina existe una “cultura popular de la desobediencia” ya que “hay una cultura de evasión, del acomodo, de empresas y particulares. Acá hay una ordenanza para respetar y cumplir”.
¿Qué dice la Ordenanza Municipal?
En 2004, bajo la gestión del ex intendente Daniel Katz, se sancionó la Ordenanza Nº 15.981. En su artículo 2º quedó establecida la “intimación” a las actuales prestatarias del servicio de cable para que “dentro de un plazo de tres años efectuaran la adecuación a lo normado por el nuevo artículo 7.6 de la Ordenanza 9163, venciendo el mismo el 31 de diciembre de 2007”.
Pasaron diez años, pero Cablevisión y La Capital Cable no se ajustaron a las normas dijo el abogado a Cazador de Noticias.