Junto con el presupuesto municipal se aprobó, en la última sesión extraordinaria del Concejo Deliberante de General Pueyrredón, la ordenanza complementaria al mismo, que establece a partir del 1º de enero de 2020 en la suma $ 27.178,56 el sueldo básico de la categoría inferior del Grupo Ocupacional Administrativo, para los agentes municipales mayores de 18 años de edad que cumplan el horario de cuarenta (40) horas semanales de la Administración Municipal.
En función de este básico se fijan las remuneraciones, compensaciones y bonificaciones del Intendente, funcionarios, Ediles y Defensores del Pueblo.
El sueldo del Intendente está determinado por la Ley Orgánica de las Municipalidades, que establece que le corresponden 16 sueldos básicos mínimos de la escala salarial municipal. Es decir que la remuneración nominal de Guillermo Tristán Montenegro equivale $ 373.127,52, que si se le aplica el descuento en concepto de donación del 20%, quedaría establecida en un valor nominal de $ 298.50202, sin los descuentos. El monto de la donación del jefe comunal en este caso ascendería a alrededor de $ 74.625, 50.
Los Secretarios y los Presidentes de Ente Descentralizados reciben 9 sueldos básicos, es decir que el sueldo nominal asciende a 209.884, 23 y el aporte del 15 % al erario municipal en concepto de donación sería de $ 31.482, 63 per cápita. Con lo cual percibirían un salario en bruto de $ 178.4016.
En tanto que los Subsecretarios, Delegados Municipales y Vicepresidente de Entes Descentralizados cobran 7 sueldos básicos. Lo cual equivale a un sueldo nominal de $163.243,29; el donativo equivaldría $ 24.486,49, quedando el salario fijado en el valor en bruto de $ 138.7568, o sea sin contemplar descuentos.
También están comprendidos en el decreto Nº 0075/20, que establece la donación al municipio del 15 % de sus haberes, el Administrador General de la Agencia de Recaudación Municipal, el Director de Cálculo y Control de Recursos de la Administración Central cuyas remuneraciones están fijadas en 6 sueldos básicos equivalentes a $ 163.071, 36, Deducido el monto del donativo de 24.460,70, el sueldo nominal quedaría fijado en $ 138.610,66.
Los alcances de dicho decreto abarcan a los Directores Generales que perciben 5 sueldos básicos o sea un salario nominal que equivale a $ 135.892,80; a quienes se les deduciría el donativo equivalente a $ 20.383,92, quedando el haber nominal en $ 115.508,88.
Por otra parte, con el congelamiento de las dietas de los ediles por el plazo de 180 días, el sueldo nominal de cada curul quedará congelado en el valor de $ 135.892,80, que no incluye los descuentos por seguridad social y otros ítems, ni el incremento por antigüedad en el caso que perciba la bonificación a tal fin.
Por último, cabe mencionar que el sueldo nominal de los tres Defensores del Pueblo equivale también 5 módulos o sea $ 135.892,80 cada uno, sin contemplar los descuentos.
(Gentileza:Roberto Latino Rodríguez)