La Corte Suprema de la Nación prorrogó hasta el próximo 24 de mayo la feria judicial extraordinaria para los tribunales nacionales y federales de todo el país ante el aislamiento obligatorio dispuesto por la pandemia de coronavirus.
La medida, como en casos anteriores, fue dispuesta ante la extensión del aislamiento social, preventivo y obligatorio decretado por el gobierno nacional, e invocando el criterio de la última extensión readecuó pautas para la actividad judicial durante el receso extraordinario.
"El criterio que guía a este tribunal como cabeza de un poder del Estado -explicó la Corte-, es lograr el mayor aumento de la prestación del servicio necesario para la comunidad compatible con la preservación de la salud de las personas que lo prestan y de aquellos que concurren a recibirlo".
Como primera medida, el máximo tribunal del país dispuso que se mantenga el horario de atención al público de los tribunales de feria de 9.30 a 13.30 pero haciendo hincapié en que se prioricen "el empleo de las herramientas digitales" en la tramitación de los expedientes.
Del mismo modo, la Corte aprobó en la acordada 14/2020 una serie de protocolos para la tramitación de causas durante la feria extraordinaria, para la convocatoria de los empleados, las consultas al Poder Judicial y a todas las medidas de higiene referidas al manejo de los espacios en los edificios judiciales.
En materia penal se dispuso que cada juez determine la procedencia o no de abrir la feria y se determinó que se debe habilitar para los amparos, juicios laborales, habeas data, procesos de daños y perjuicios, regulación de honorarios y medidas cautelares, entre otros.
También se habilitó a los magistrados a que dicten sentencias definitivas en los expedientes que se encuentren en condiciones de ser resueltos, aún cuando no se refieran a las materias antes mencionadas, y a comunicar la decisión a las partes a través de la notificación electrónica, aún cuando "los plazos procesales se mantendrán suspendidos".
En la misma línea de abrir el servicio de justicia con cautela y siguiendo los lineamientos de lo dispuesto por el Poder Ejecutivo, los tribunales orales deberán darse un procedimiento a distancia para los juicios que están llevando adelante e informar el mecanismo a la Corte.
En cuanto a la convocatoria del personal que no está concurriendo a las sedes de justicia, la acordada firmada por Carlos Rosenkrantz (presidente), Elena Higton de Nolasco (vice), Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, recomendó "identificar las funciones y tareas prioritarias" y definir "qué tareas se pueden desempeñar de modo no presencial".
"En los casos en que sea necesario servicios presenciales, se deberá definir la dotación de personal mínima" dispuso el tribunal y amplió que "se dará prioridad a las personas que tenga domicilio cerca del lugar en donde prestarán el servicio, los que puedan evitar el transporte público y a quienes no estén incluidos en licencias especiales o integren grupos de riesgo".
Para las consultas del público, la Corte insistió en que se utilicen los medios electrónicos y en cuanto a la limpieza dispuso que el personal que la lleva a cabo se tome la temperatura corporal antes de tomar servicio y el resto de las medidas ya conocidas.