El intendente Guillermo Montenegro interpuso una acción de amparo a efectos que se declare la nulidad de la Resolución Nº 436/2021 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable
El pedido se fundamenta en que no se generaron las condiciones de acceso a información ambiental, se omitió la participación pública en asuntos ambientales y la resolución es susceptible de vulnerar el derecho al ambiente sano.
Es importante recordar que dicha resolución declara concluida la suspensión de plazos del procedimiento de evaluación de impacto ambiental. Ante ello, el amparo fue presentado “ya que no se generaron las condiciones de acceso a información ambiental; se omitió la participación pública en asuntos ambientales; y la resolución atacada es susceptible de vulnerar el derecho ambiente sano”.
Asimismo, a través de este pedido, se solicitó como “medida cautelar la suspensión de los efectos de la aprobación otorgada por el art. 2 de la resolución atacada (Es la que aprueba la realización del proyecto “Adquisición Sísmica 2D-3D-4D off-shore en bloque CAN 108 -CAN 114” presentado por Equinor Argentina AS Sucursal Argentina -CUIT 33-71659420-9-) hasta tanto el organismo correspondiente genere y provea la información conducente para poder determinar si se configura riesgo ambiental, los alcances del mismo, si se ponen en peligro los recursos ictícolas que sustentan gran parte de la actividad económica de la ciudad y la evaluación integral del impacto socio económico de la actividad en relación a la estructura productiva del Municipio de General Pueyrredon”.
También, y en forma subsidiaria, Montenegro solicitó que “se suspenda todo acto autorizado por la Resolución 436/2021 hasta tanto se acredite el acabado cumplimiento de los requisitos previos que dicha Resolución ordenó para permitir la actividad solicitada por la empresa a cargo del proyecto”.