Así lo dispuso la Cámara de Apelaciones. El organismo judicial consideró que ante la realización de un nuevo juicio, existen riesgos procesales, razón por la cual los imputados deberán fijar domicilio durante su excarcelación.
La decisión del Tribunal Oral en lo Criminal N° 3 de no imponer restricciones a los imputados por el supuesto abuso sexual en el camping El Durazno fue revocada por la cámara de apelaciones. En este contexto, se ordenó la inmediata prohibición de salida del país y se ordenó que los acusados fijaran un domicilio.
Tras la declaración de nulidad impuesta por el Tribunal de Casación, el juez del Tribunal Oral en lo Criminal N° 3, a cargo de la realización del nuevo debate, había rechazado el pedido del Ministerio Público Fiscal y la querella, representada por Maximiliano Orsini, de obligar a los imputados a fijar domicilio y la prohibición de salir del país.
Ante esta situación, los jueces que integran la Cámara de Apelaciones resolvieron que, tras la anulación del veredicto de no culpabilidad, es necesario contemplar la existencia de peligros procesales vigentes antes del debate, por lo que es una obligación del Estado garantizar la presencia de los imputados ante un nuevo juicio.
Con esta resolución, la Cámara de Apelaciones les impone a los imputados las condiciones de fijar domicilio, no ausentarse a él por un término superior a las 24 horas sin comunicación previa al Tribunal, hacer entrega de los pasaportes y la prohibición de salir del país.
Es importante recordar que los acusados habían llegado a juicio luego de que durante la instrucción del caso, la fiscal Florencia Salas los acusara de haber abusado sexualmente de la menor en el camping “El Durazno” de Miramar, durante los festejos de Año Nuevo de 2019.