Una insólita ordenanza está a punto de tratarse en el Concejo Deliberante de Pinamar: pasar del ámbito público a un empresa privada una superficie de 2.203,50 metros cuadrados frente al mar. Se trata de una calle cuyo valor está estimado según la ordenanza en US$ 1.200.000 a razón de unos 545 dólares (tipo de cambio oficial) el metro cuadrado. Una verdadera oferta, dada la ubicación privilegiada de la calle, en uno de los balnearios más costosos de la Argentina.
La empresa a la que pasará el espacio público, en caso de avanzar el proyecto, es Energy Group SRL, vinculada al abogado y empresario Víctor Stinfale.
El predio de 84,75 metros de largo y 26 metros de ancho, está lindero a KU, un clásico de la noche pinamarense que cerró en 2016 y donde pretende elevarse un proyecto de hotel all inclusive.
Los fondos que se obtengan de la operación inmobiliaria serán destinados a compras de "bienes de interés y necesidad" para el municipio.
Según la oposición el valor real del espacio que se pretende privatizar es de 4,5 millones de dólares. Es decir, que la propuesta está 3,3 millones por debajo de lo que pretende alzar el intendente de Pinamar, Martín Yeza.
El recorrido de la escandalosa operación está detallado en la ordenanza, primero se desafecta de ese bien al municipio, pasa a dominio privado y se lo vende a Energy Group SRL dada la titularidad de las parcelas circundantes y fija un valor de 1,2 millones de dólares. Eso sí, los gastos de mensura quedan a cargo del adquiriente.
En el artículo 1 la escandalosa ordenanza establece: "desafectase como bien del dominio público conforme determina el artículo 9 del Decreto Ley Nº 9533/80 , y afectase como bien de dominio privado municipal la superficie de tierra correspondiente al espacio público circulatorio existente entre el lado norte de la manzana 470 en sus parcelas 1, 2, 3 y 4n; y lado sur de la fracción 2 Parcela 3ª, calle Rambla Norte entre calle Guerrero y Corso Elegancia, con una dimensión denunciada de 84.75 mts de largo y 26 metros de ancho, la que representa un área de 2.203,50 metros cuadrados".
El artículo 2 autoriza la venta del espacio en cuestión a Energy Group SRL. El mismo define que se autoriza "al Departamento Ejecutivo, conforme el marco legal establecido en los artículos 54º y 55º de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto Nº 6769/58 ), a enajenar el tramo de calle desafectado en el articulo precedente a favor de Energy Group SRL en sus respectivas calidades de titulares de dominio de las parcelas contiguas identificadas catastralmente como: Circunscripción 4, Sección “F”, Manzana 470, Parcelas 1, 2, 3 y 4 N, que constan agregadas a fojas 16/74 del Expediente Nº 4123-2738/21 , siendo ambas heredades, frentistas al tramo de la calle antes mencionada".(NA)