Consultado por Cazador de Noticias sobre la legalidad del decreto del jefe comunal Guillermo Montenegro implementando el sistema de Fotomultas, el ex secretario de Gobierno municipal, Dr. Alejandro Vicente, sostuvo que “Montenegro aplicó el convenio de Fotomultas firmado cuando la ley en que lo sustenta no estaba sancionada”.
Remarcó, además, que “el Intendente dictó un decreto para poner en funcionamiento el sistema de fotomultas aplicando el convenio celebrado durante el 2021 con la Universidad Nacional de San Martín y para ello se sustentó en la Ley 13510, que modificó el Art.41 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y entró en vigencia en el año 2022, mediante la cual se permite aplicar convenios celebrados con entidades públicas nacionales o provinciales sin la aprobación del HCD. Pero aquí lo curioso e irrazonable es que ese convenio se formaliza cuando estaba vigente el anterior orden normativo que sí exigía la aprobación del convenio por parte del Departamento Legislativo Municipal”.
En tal sentido, cuestionó que “el Intendente habría aplicado retroactivamente una ley cuando el principio general que rige en nuestro Estado de Derecho es el de Irretroactividad de las Normas: ´La irretroactividad es el fenómeno que produce que las normas no tengan efectos hacia atrás en el tiempo´. A través del citado principio se asegura que los efectos de las leyes comiencen en el momento de su entrada en vigor, y nunca hacia atrás, con la finalidad de dotar al ordenamiento jurídico de seguridad”.
Y concluyó explicando que “de modo que si el convenio con la Universidad de San Martín se formalizó antes que entrará en vigencia la Ley 15.310, resultaría imposible de modificar las consecuencias jurídicas de ese convenio antes de sancionarse la reforma la LOM, demostración cabal de ello es que se encontraba en tratamiento legislativo en el HCD para su homologación previo a aplicarse en la ciudad el nuevo sistema multas, tal como fue realizado con el anterior convenio que celebrara la misma MGP con la UTN-Regional La Plata”.