La Federación Argentina de Mutuales de la Salud (FAMSA) rechazó enfáticamente el cobro de $ 1.000 que los médicos podrán imponer por encima del bono de consulta en concepto de “gastos operativos de consultorio”.
El malestar se generó después de la resolución del Consejo Superior del Colegio Médico de la provincia de Buenos Aires que crea el Valor del Módulo por Gasto Operativo de Consultorio.
Desde FAMSA, a través de un comunicado, sostuvieron que “nuestras entidades formalizan convenios de atención a nuestros asociados, ya sea con asociaciones de profesionales médicos como con los profesionales directamente, que cumplen adecuadamente con los montos y los plazos de pago acordados con ellos. Esta resolución viene a alterar UNILATERALMENTE dichos convenios pactados, configurándose de esta manera un cobro irregular y extracontractual. Además, el importe resuelto vulnera toda norma de carácter tributaria al excluírsela del pago de impuestos y honorarios por la prestación del Servicio Médico acordado”.
Remarcaron, también, que “dicha exigencia, sin dudas, deja en un virtual estado de vulnerabilidad a los usuarios en la atención de servicios de salud, al imponerles una barrera económica a la que muchos de nuestros asociados no tienen posibilidad de afrontar”.
Puntualizaron que “las Mutuales y Cooperativas de Salud estamos realizando muy importantes esfuerzos para responder a los requerimientos de nuestros asociados ante la gran complejidad e incertidumbres que viene afrontando el sector de la salud, acompañado de las consecuencias de la pandemia, como a los incesantes aumentos de los costos para la cobertura de salud, cumpliendo cabalmente con los compromisos asumidos con las instituciones médicas y con los profesionales adheridos”.
Por último, el comunicado que lleva la rúbrica del presidente de FAMSA, Juan Pivetta, concluye manifestando que “por todo ello, expresamos nuestra preocupación por el futuro de la atención sanitaria de la población ante esta medida unilateralmente impuesta a la que calificamos de arbitraria e irregular que altera sustancialmente con los convenios pactados, solicitándole su pronta intervención a los efectos de encauzar la relación afectada”.