Estaría todo encaminado para que el próximo jueves se confirme oficialmente el lugar donde funcionará la Zona Roja que, de acuerdo a lo que trascendió extraoficialmente el 4 de agosto, se emplazará en la calle 10 de Febrero, en inmediaciones de los cementerios Parque y Colinas de Paz.
“Estimamos que para el jueves la estaremos anunciando”, señalaron las fuentes de la Secretaría de Seguridad. Es que, de acuerdo con la ordenanza que aprobó el Concejo Deliberante en junio y la posterior promulgación del Ejecutivo, el plazo para la definición del lugar vence el 8 de septiembre.
Asimismo, destacaron que la vivienda más cercana está a 400 metros, por lo que la ubicación de la Zona Roja cumple el principal requisito que establece la ordenanza: la actividad sexual en la vía pública “no podrá llevarse a cabo en lugares en los que hubiere vecinos frentistas con residencia domiciliaria”.
Cabe traer a colación que la ordenanza establece que la oferta y/o demanda de sexo en la vía pública solo podrá llevarse a cabo en los lugares y horarios específicamente habilitados por el Departamento Ejecutivo Municipal. Y puntualiza que, de verificarse la oferta y/o demanda de sexo en lugares u horarios no habilitados, se impondrá a los incumplidores una multa de 1.000 a 5.000 Unidades Fijas (que se calcula por el valor de la nafta y hoy da entre $ 156.800 y $ 780.000) o un arresto de entre cinco y 30 días.
Serán los jueces de falta municipales quienes, de acuerdo a las características particulares de cada infracción, establecerán el valor final de la multa.
Serán los jueces de falta municipales quienes, de acuerdo a las características particulares de cada infracción, establecerán el valor final de la multa.
La norma había sido cuestionada judicialmente por el titular del Comité Ejecutivo para la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas, Gustavo Vera, pero el juez federal Alfredo López rechazó in límine el recurso de amparo. El magistrado consideró que la Secretaría de Coordinación Presupuestaria y Planificación del Desarrollo –que tiene bajo su órbita al Comité– carece de la representatividad del Estado nacional, debido a que depende de la Jefatura de Gabinete de la Nación, por lo que debió ser esa dependencia la impulsora de la medida cautelar.
De esta forma, la ordenanza quedó en condiciones de entrar en vigencia una vez que esta semana se cumplan los 45 días corridos desde su promulgación, el plazo que se otorgó “para la recepción de solicitudes o la realización de reuniones para la determinación de los lugares y horarios en que se podrá ejercer la prostitución en la vía pública”.