El referente de la Sociedad de Conductores de Taxis, Raúl Vicente, se manifestó a favor de que el Municipio deje sin efecto la Ordenanza Nº 13567 -que data del año 2000- la cual regula los requisitos para obtener el llamado “carnet blanco”, y que es exigido a quienes conducen automóviles de alquiler como taxi, remises, transportes escolares, transportes privados de personas, servicios de excursión, transportes de personas con discapacidad, ambulancias, automóviles rurales, etc.
En diálogo con Cazador de Noticias, Vicente consideró "que la caducidad del carnet blanco para los choferes de taxis, remises, autos rurales, etc. me parece algo coherente, ya había sido charlado y compartidos sus argumentos con las entidades que nuclean a taxistas y remiseros, que coincidíamos que era un doble control, que no tenía ningún tipo de sentido y, además, implicaba un gasto adicional y una pérdida de tiempo para los choferes”.
Acto seguido, subrayó que “lo que se hace es una simplificación del trámite evidentemente y todos estamos de acuerdo que lo que se necesita es la licencia de conducir profesional habilitante, que, en el caso específico de taxis y remises, es la categoría “d”, inciso “b.1”, que es la que habilita a conducir vehículos de transporte de personas hasta ocho plazas”, aclarando que “en el caso de manejar combis o transportes escolares, también, es categoría “d” pero cambia el inciso”.
Hizo hincapié en que “lo que origina toda la desconfianza, y muchos quieren ver alguna maniobra poco clara debajo del agua, es que se pueda interpretar que se quiera instalar la idea que cualquier persona que tiene un carnet de conducir profesional puede hacerlo en cualquier vehículo. Esto es totalmente erróneo, equivocado e ilegal. Todos los que tenemos un carnet profesional sabemos que, únicamente, se puede realizar el transporte de personas en un vehículo habilitado para tal fin, esa la condición fundamental e imprescindible”.
En tal sentido, el referente de los titulares de taxis remarcó que “debe tenerse una licencia habilitante, por ejemplo, en el partido de General Pueyrredon, cedida por el Municipio, donde se identifica a la persona responsable legal de esa licencia y al vehículo con su dominio único y determinado. Todos los que no tengan esa licencia habilitante son vehículos ilegales, ya sean remises truchos o vehículos que trabajan para cualquier aplicación. El carnet profesional habilita a transportar personas siempre que se haga en un vehículo habilitado por la Municipalidad, sí ese requisito no se cumple, esa persona está haciendo un transporte ilegal, a pesar de tener su carnet profesional, y si se lo detiene en un control realizado por personal del área de Tránsito, e incluso en un control policial, corresponde el secuestro del vehículo porque esa unidad no está habilitada para transportar personas”.