Contrareloj ya que el próximo 31 de octubre vence la prórroga que los mantenía regulados de forma provisoria, el Concejo Deliberante aprobó, este jueves por unanimidad, la ordenanza que autoriza el ejercicio de la actividad gastronómica a los vehículos autopropulsados y/o remolcados, autosuficientes de comidas y bebidas denominados “Food Trucks”.
La norma, que consta de 31 artículos, entiende por Food Truck "todos aquellos vehículos, camiones y/o trailers gastronómicos de uno o más ejes, ya sean autopropulsados o remolcados, especialmente adaptados de manera tal de permitir en su interior la elaboración y/o expendio alimentos elaborados, así como bebidas con o sin alcohol".
Los titulares de los puestos deberán inscribirse en el Registro Único que dependería de la Secretaría de Desarrollo Productivo e Innovación. Dicho registro será requisito previo para participar en cualquier evento público o privado. A su vez, necesitarán un Certificado de Habilitación del móvil gastronómico. La vigencia del registro será la misma que la de la habilitación del Food Trucks, que se otorgará por dos años pudiéndose ser renovada con el plazo de dos meses anteriores a su vencimiento y caducando de manera automática en caso de no solicitarse su renovación en tiempo y forma.
La habilitación municipal será personal e intransferible, determinará la fecha de vencimiento, quedando prohibidos su venta, alquiler o transferencia. El habilitado se encuentra obligado a pagar la totalidad de las tasas que graven la actividad.
Será Autoridad de Aplicación de la ordenanza la Secretaría de Gobierno, y constituyéndose la Secretaría de Desarrollo Productivo e Innovación como órgano habilitado para la recepción de solicitudes de instalación de los Food Trucks, asesor y acompañante del solicitante en todo proceso. Asimismo se le dará intervención al Departamento de Bromatología en lo pertinente a su ámbito de competencia.
Los Paseos Gastronómicos para el desarrollo de la actividad podrán ser de modalidad fija o itinerante. A fin de promover la rotación de las unidades que asegure una más variada oferta de servicios, los móviles podrán permanecer en los Paseos Gastronómicos Fijos hasta un máximo de 4 meses corridos. Los lugares son el Parque Primavesi; Acceso a Camet; el Parque Municipal de los Deportes; la Plaza Néstor Kirchner (ex vieja usina); Zona Norte, Calle Concepción entre José Mármol y Ricardo Gutiérrez; Plaza Almafuerte; Plaza Gervasio Artigas; y Laguna de Los Padres.
A los efectos de la habilitación, los solicitantes deberán presentar planos del móvil gastronómico, de su instalación sanitaria y eléctrica avalado por profesional responsable. Se incluirán los aspectos constructivos, su capacidad portante y su aptitud para circular en vía pública hasta el sitio de implantación. Es obligatoria la presentación de material fotográfico.
Por otra parte, los lugares que estén en contacto con alimentos deberán ser de acero inoxidable gastronómico y el piso deberá ser de material impermeable, lavable, antideslizante, liso sin porosidad y no combustible.
El Departamento Ejecutivo se reserva la facultad de autorizar o no el expendio de bebidas alcohólicas, en caso de autorizarse, se deberá estar inscripto en el Registro de Expendio de Bebidas Alcohólicas (R.E.B.A), de la categoría que oportunamente autorice el organismo de control.