Este lunes a primera hora, la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata decidió dejar sin efecto la medida cautelar vigente y habilitó la exploración offshore a 320 kilómetros de las costas de la ciudad para la potencial explotación petrolera al considerar que el gobierno y la empresa Equinor cumplieron con los requisitos que le habían sido requeridos.
Los jueces Alejandro Tazza y Eduardo Jiménez, de la Cámara Federal de Apelaciones marplatense emitieron su resolución en la que dispusieron revocar parcialmente la decisión del titular del Juzgado Federal N°2, Santiago Martín, emitida en octubre y en la que consideró incumplidos por el gobierno nacional distintos recaudos impuestos previamente por la Cámara.
Asimismo, los jueces impusieron a manera de oficio algunas “condiciones esenciales” que deberán cumplirse como incluir como observadores permanentes a miembros del equipo “Pampa Azul” “quienes deberán velar por el cuidado del Monumento Natural Ballena Franca, por la tutela del Agujero Azul, así como denunciar a las autoridades administrativas y judiciales actuantes cualquier acontecimiento que afecte sensiblemente al ambiente, para propiciar la inmediata suspensión de las actividades”.
En la resolución fijaron que las actividades de prospección sísmica “no deberán llevarse a cabo a una distancia menor a 50 kilómetros del sector que comprende la zona denominada ´Agujero Azul´”, que posee una superficie de 148.000 km2 y se caracteriza por ser una región de alta producción de fitoplancton, el primer eslabón de las cadenas tróficas del mar y por ser el hogar de “especies vulnerables” como corales, esponjas y estrellas de mar, pasando por rayas, tiburones, merluza y calamares.
Los jueces plantearon, también, que “las actividades propias del proyecto deberán suspenderse inmediatamente ante la verificación de cualquier acontecimiento que dañe sensiblemente al ambiente, tanto por parte de las autoridades administrativas o judiciales como por parte de los responsables de su ejecución”.
Finalmente, los camaristas exhortaron a las autoridades a que “propicien y mantengan permanentemente un máximo nivel de control sobre las actividades del proyecto, para cumplir con las mandas que el derecho impone en la materia respecto a la tutela del medio ambiente, y para velar por el cumplimiento de cualquiera de las condiciones antes establecidas, debiendo articularse la inmediata suspensión de las actividades del Proyecto en caso de incumplimiento”.