El gobierno municipal puso en marcha un régimen general de regularización fiscal denominado “MGP al día”, destinado a facilitar la cancelación de deudas en concepto de tasas, derechos y contribuciones que contempla la posibilidad de pagar las deudas con el municipio en hasta 60 cuotas con reducción de intereses y regirá hasta el 30 de abril. En todos los casos deberán ser obligaciones vencidas al 31 de diciembre de 2022.
Los contribuyentes podrán optar, según lo indicado respecto de cada gravamen y el segmento en el que esté incluido, por cuatro modalidades de pago: contado total; pago financiado en hasta tres cuotas; pago en hasta 12 cuotas; más de 12 y hasta 60 cuotas. Los que opten por convenios más cortos tendrán una mayor reducción de los intereses.
Según lo establecido en el decreto 441/23 publicado en el Boletín Oficial, estarán excluidos de participar del mismo quienes deban derechos de oficina, cualquier deuda corriente de los conceptos detallados que tengan opción de financiación preestablecidas en las Ordenanzas Fiscal e Impositiva, deudas judicializadas o con causas penales surgidas de dichas deudas. En tanto, las exclusiones no serán de aplicación para los contribuyentes que integren un sector declarado en emergencia por el Concejo Deliberante.
Las condiciones y beneficios establecidos en el régimen varían según cada gravamen y segmentos previstos dentro del mismo, en función de la condición fiscal.
El primer conjunto incluye a la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, Fondo de Desagüe, Fondo Solidario Mar del Plata 2000, Tasa por Servicios Urbanos, Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal y Contribución a la Salud, la Educación y el Desarrollo Infantil. Como ejemplo, en inmuebles del segundo segmento (valuación fiscal mayor a 200 mil pesos), habrá un 80% de descuentos en los intereses por mora en los pagos de contado, del 60% en tres cuotas, del 40% en quienes paguen entre 4 a 12 cuotas y del 20% entre 13 a 60 cuotas. En los casos del primer segmento (valuación fiscal menos a 200 mil pesos), no habrá intereses para los pagos de contado.
En tanto, un segundo grupo contiene a la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene y Fondo para la Promoción Turística, Régimen Simplificado para Pequeños Establecimientos - Monotasa, Tasa por Habilitación de Oficinas, Locales de Prestación de Servicios, Depósitos, Comercios e Industria, y Derechos de Ocupación o Uso de Espacios Públicos previstos en el artículo 35 inciso a) apartado 15) de la Ordenanza Impositiva.
En tercer lugar, se incluye al resto de los gravámenes comprendidos en el presente Régimen –excepto Impuesto a los Automotores Descentralizados; mientras que un cuarto grupo lo conforma el Impuesto a los Automotores Descentralizados. Como se dijo, los descuentos de intereses por mora y la aplicación de intereses de financiación (que no superan el 3%) varía de acuerdo a cada grupo, el plan de pagos y el segmento interno.