En la última sesión ordinaria del Concejo Deliberante se aprobó la ordenanza, impulsada por la edil de la Coalición Cívica, Liliana Gonzalorena(FOTO), que crea el programa “Espacio Amigable con Mascotas de Compañía”, que consiste en la posibilidad que locales gastronómicos que así lo soliciten permitan el acceso de clientes con sus mascotas domésticas.
Los locales o espacios gastronómicos habilitados como “Espacio Amigable con Mascotas de Compañía” deberán contar con la estructura, organización y recurso humano apto para recibir animales de compañía junto a sus dueños en condiciones garantizadas de seguridad, higiene y evitación de interacción indeseada entre las mascotas en el lugar y las personas humanas que no fueran sus dueños.
La presencia de animales se circunscribirá únicamente a los espacios habilitados para consumo de los clientes del local, quedando prohibido su tránsito y permanencia en áreas de elaboración o exhibición de comidas y productos alimenticios.
Aquellos locales o espacios gastronómicos que soliciten su adhesión al Programa deberán exhibir en su exterior a fin de informar a todo el público previo ingreso al lugar, información clara, indubitable y fácilmente legible que se trata de un “Espacio Amigable con Mascotas de Compañía”.
Asimismo, deberán hacer constar dicha circunstancia en toda información o propaganda que por cualquier medio realizaren. Tales elementos podrán ser, a modo enunciativo, calcomanías, cartelería, folletería, etc. En todos los casos, contendrá información referida al Programa, que puede ir en formato digital QR o de manera escrita y/o en Braille.
El Municipio habilitará una línea de denuncia y reclamos para los particulares, que puedan manifestar cuestiones concretas de inobservancia del Programa, donde la convivencia pacífica entre personas y animales, o el bienestar de estos últimos no se vea garantizado. También aquellos supuestos que pongan en riesgo la salud del público y/o personal del establecimiento.
Los dueños de las mascotas tendrán la obligación de adoptar las medidas necesarias de seguridad, higiene y sanidad de sus animales, para que su presencia no represente un riesgo, un peligro o una incomodidad para otras personas y otros animales (vacunaciones reglamentarias, collar de identificación, correa, bozal de ser necesario etc.).
Los comercios y espacios adheridos deberán admitir la concurrencia de personas con sus mascotas conforme la tabla de pesos y tamaños estimativos, pudiendo los encargados de dichos establecimientos ejercer su derecho de admisión cuando, por razones de las dimensiones del espacio o por ser animales de gran tamaño, pudieran no ver colmadas las necesidades para su comodidad como así también, podrán hacerlo en función de la ostensible peligrosidad que éste pueda detentar para las personas u otros animales presentes, o que a juicio de los encargados del establecimiento, no se ajuste a lo establecido por la Ley Provincial nº 14.107, que establece normas aplicables a la tenencia de especies caninas potencialmente peligrosas y/u Ordenanza nº 22.031, que establece el reglamento para la tenencia responsable de mascotas.
El Departamento Ejecutivo brindará programas de capacitación, concientización e información destinados a los encargados de los establecimientos comprendidos en el Programa y al público en general, que versará sobre los aspectos de la tenencia responsable de animales y su permanencia en espacios públicos y/o todas aquellas cuestiones relacionadas con el vínculo entre las personas humanas, sus animales de compañía y la convivencia.