La Justicia Federal de San Martín dio lugar a un recurso de amparo y dejó sin efecto el aumento de una prepaga por efecto del Decreto de Necesidad Unidad del presidente Javier Milei, que entró en vigencia el pasado 29 de diciembre. Se trata de la primera cautelar contra la suba de una prepaga.
El amparo fue presentado por una mujer de 78 años contra la empresa de medicina prepaga Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires tras denunciar que la cuota mensual se incrementó un 40% en enero de y luego fue notificada de un nuevo incremento del 29,5% para febrero mientras que sus haberes previsionales ascienden a la suma de $323.089,39, por lo cual le resulta imposible afrontar dicho pago.
“Manifestó que los aumentos que se le exigen y basados en el DNU 70/23 la colocan en un completo estado de incertidumbre causándole, además, como consumidora, un daño actual a sus derechos, el acceso a la salud, a la vida y a la propiedad privada garantizados por los artículos 17, 42 y 75 inc. 22 y 23 de la Constitución Nacional”, notifica la resolución firmada por la jueza Martina Isabel Forns.
Ante esa situación, la jueza hizo lugar a la medida cautelar y en consecuencia ordenó a la Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires a readecuar las cuotas correspondientes a su plan asistencial, dejando sin efecto los aumentos realizados en aplicación del DNU 70/23 del Poder Ejecutivo limitándose a efectuar los aumentos autorizados por la autoridad de aplicación en los términos del art. 17 (no sustituido) de la ley 26.682 hasta tanto se dicte sentencia definitiva. La prepaga tiene 48 horas para acreditar el cumplimiento de la decisión bajo apercibimiento de ley.