Este martes, a raíz de la suspensión del pago de horas extras del mes de diciembre que no fueron abonadas “por supuestas irregularidades”, el Sindicato de Trabajadores Municipales intimó al gobierno del intendente Guillermo Montenegro a hacer efectivo el pago de las mismas en un plazo de 48 horas. Advirtió que, en caso contrario, se llevará a cabo la denuncia pertinente ante el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, y calificó a “la forma unilateral, arbitraria e inconsulta” con que se dispuso dicha suspensión como propia “de un patrón de estancia”.
A través de una nota dirigida al titular de la Secretaría Legal, Técnico y de Hacienda, Mauro Martinelli, el secretario adjunto del STM, Daniel Zacarías, le manifestó que “como argumento se ha indicado que dicha suspensión se debe a supuestas irregularidades no constatadas, en todo caso deberán analizarse en forma particular sin tomar livianamente una medida general que afecte a la totalidad de los compañeras/os que efectuaron por requerimiento de la superioridad las horas extras laborales y deben cobrarlas en tiempo y forma”.
Acto seguido, subrayó que “nunca se debió suspender el pago de las horas extras requeridas y autorizadas por los superiores. Todas las compañeras y compañeros en jornadas prolongadas o durante días no laborables las horas indicadas, para cumplir con el servicio solicitado. Sin dejar de mencionar la necesidad personal de cada trabajador y trabajadora de mejorar su salario para mantener a su familia, en las circunstancias económicas en las que hoy nos encontramos y que no están fuera de su conocimiento”.
Recalcó, además que “si existieran irregularidades, respecto de los cupos, autorizaciones, etc., la responsabilidad sobre ello, corresponde a aquellos funcionarios a cargo de las distintas áreas donde fueron realizadas las mismas, y aún más sobre los secretarios que avalaron e informaron el cumplimiento de las correspondientes liquidaciones. Y si se tratará de incumplimientos en la realización de algún trabajador en particular, la responsabilidad será de ese empleado y su superior PERO NUNCA SOBRE LA TOTALIDAD DE LOS EMPLEADOS QUE HAN CUMPLIDO CON SU TRABAJO”.
En tal sentido, sentenció que “dicha forma de actuar por parte del Departamento Ejecutivo no tiene precedentes, tal conducta, por fuera del marco administrativo y jurídico, se encuadra más en el accionar ´de un patrón de estancia´ que en el cumplimiento de los deberes de un funcionario público”.
Volvió a hacer hincapié en que “la ´hora extra´ conforma de hecho parte del salario, y por ende, es de carácter alimentario para cubrir las necesidades básicas de los/as trabajadores/ras. Es intangible, y por lo tanto no debe sufrir dilaciones y/o disminuciones”.
Finalmente, comunicó al Ejecutivo que “esta entidad Gremial otorga un plazo de 48 horas para el efectivo pago de las mismas. En caso contrario, se llevará a cabo la denuncia pertinente ante el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires”.