A través de la resolución firmada el 28 de mayo, el subsecretario de Relaciones de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, Leandro Macia, resolvió rechazar el recurso presentado por el Municipio en contra del convenio colectivo de trabajo acordado entre el Sindicato de Trabajadores Municipales (STM) y el gobierno de Carlos Fernando Arroyo.
Cabe traer a colación que el intendente Guillermo Montenegro había presentado dicho recurso el viernes 17 de mayo en la delegación local del Ministerio de Trabajo provincial, el mismo día que dio el aumento por decreto del 10%. En el escrito apuntaba que fue “agravio la registración inconsulta y sorpresiva del proyecto de Convenio Colectivo elaborado por la anterior gestión comunal”.
Por su parte, el Sindicato de Trabajadores Municipales aseguró que “Montenegro sabía que era inminente la implementación del CCT y por ello por decreto Nº1855 de fecha 22-10-2021 a los efectos de implementar el mismo conforma una comisión entre el Municipio y el Sindicato de Municipales, designando como representantes del Departamento Ejecutivo a Mauro Martinelli, Santiago Bonifatti, Matilde Casado, Esteban Román y Guillermo Peláez”.
Asimismo, el gremio rebatió una serie de cuestionamientos formulados por el intendente, como el artículo 8 del CCT que dice que cuando se produzca el fallecimiento de un trabajador, su cónyuge o el mayor de sus hijos, podrá ingresar en su lugar y por el menor cargo del escalafón, con el objetivo de continuar la manutención de la familia afectada, como si se tratara de “un título de nobleza”, según Montenegro. “De ninguna manera es así. Lo que prevé el convenio colectivo es un artículo que está inspirado en nuestra anterior legislación de empleo para que, ante el fallecimiento de un trabajador en actividad, la vacante que deje pueda ser utilizada para el cónyuge o un hijo. Pero debe cumplir con un procedimiento especial de selección. Tiene que dar un concurso y cumplir con todos los recaudos que pide la Municipalidad para ingresar”, respondió la semana pasada el gremio en el marco de la conferencia de prensa.
También el STM desmintió la aseveración de Montenegro respecto a que “el vecino debe hacer una contribución al Sindicato del 1%”.
“¿Error, mentira o mala intención? El art. 116 del CCT expresa que se hace una contribución patronal al gremio del 1%, para que éste dote de ropería, elementos de seguridad, capacitación, escuela de formación, etc. al trabajador, puesto que el Municipio no cumple con ello a pesar de las normativas vigentes, y el Gremio tomaría la responsabilidad de llevarlo a cabo. El Departamento Ejecutivo se negó a dicha iniciativa, por lo cual este artículo ´no fue aprobado´. El intendente ¿no terminó de leer el artículo? O ¿no leyó el último párrafo? El cual dice: ´´Nota: el presente artículo no entrará en vigencia en el término de este CCT´”, sostuvo el sindicato en dicha conferencia de prensa.
La semana pasada, además, el ministerio de Trabajo de la Provincia elevó al Concejo Deliberante el convenio colectivo para que sea analizado por el cuerpo legislativo. Las autoridades del HCD ya le dieron giro a la comisión de Legislación, presidida por el radical Daniel Núñez y con mayoría del oficialismo.