El senador nacional Maximiliano Abad (UCR) presentó un proyecto que propone modificaciones a la Ley de Lavado de Activos (25.246) y al Código Penal, pese a la reciente sanción de una normativa vinculada al tema (Ley 27.739), en marzo pasado.
“Cuando sancionamos la ley sostuve que debía mejorarse, acompañé con el compromiso de trabajar en una ley más robusta para prevenir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo”, sostuvo.
En ese sentido, recordó que “la inminente visita del GAFI -Grupo de Acción Financiera Internacional- que se dio a principio de año para la evaluación de la Argentina no nos permitió incorporar modificaciones a la media sanción que venía de la Cámara de Diputados. Ahora es tiempo de debatirlas”.
Explicó que con su iniciativa busca “incorporar las siguientes modificaciones: precisar la definición de los actos de terrorismo; fortalecer a la UIF (Unidad de Información Financiera), estableciendo una nueva forma de elección de sus autoridades con criterios técnicos que garanticen su independencia de acción; y, por último, garantizar por ley que sea querellante y evitar que el Poder Ejecutivo pueda quitarle esta facultad”.
“Para hacerle frente a la expansión del crimen organizado hay que pegarles por donde más les duele, y esos golpes son los económicos. Interrumpir el circuito financiero ilegal los debilita, desarticula y expone. La inteligencia financiera es clave para derrotar el crimen organizado transnacional”, afirmó.
Respecto de las designaciones del presidente y el vicepresidente de la UIF, el proyecto de Abad establece que “serán seleccionados mediante concurso público de oposición y antecedentes por una comisión ad hoc, compuesta por un juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, un senador nacional y un representante del Poder Ejecutivo Nacional. También tendrán representación los abogados, uno por la Federación Argentina de Colegios de Abogados y otro por el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal y dos magistrados del Ministerio Público Fiscal de la Nación. Realizado el concurso público, la comisión propondrá tres candidatos y deberá ser elevado al Poder Ejecutivo, como propuesta vinculante, a los fines de la designación”.
“Para su remoción, el procedimiento estará a cargo de la misma comisión ad hoc, y deberá estar basado en las causales que se mencionan en la nueva redacción que proponemos para el artículo 9 bis de la Ley 25.246", agregó.