Ante el amparo presentado por la CTERA, el Juzgado de Trabajo Nº 13 resolvió una medida cautelar que ordena la suspensión de la Ley Nº 27.743, de los artículos 73, 81 y 94, del Impuesto a las Ganancias. En este sentido, los docentes quedarán eximidos del tributo que estaba incluido en la reforma fiscal aprobada por el Congreso de la Nación.
“Este fallo es de suma importancia, porque es el primer fallo sobre este tema planteado por una organización sindical que abarca a las y los trabajadores de la educación”, celebraron desde el sindicato que agrupa a los trabajadores de la educación.
Los artículos en suspenso regulan “tanto el mínimo no imponible en una suma vergonzosa; también lo relativo a adicionales sobre los cuales se calculaba el Impuesto a las Ganancias, entre otros ruralidad, material didáctico y presentismo”, puntualizaron.
Por último, aseguraron que “este es un triunfo de la resistencia y la lucha de la CTERA con todas sus acciones: paros, movilizaciones, concentraciones frente al Congreso de la Nación, radios abiertas. Seguiremos defendiendo nuestro salario y nuestros derechos ante el ajuste y los atropellos a nuestras conquistas”.