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Martes - 18 de Febrero de 2025 18:04
Piden al HCD que se investigue a Montenegro por apología del delito

Tras ampliar una denuncia penal contra el jefe comunal, la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) presentó una nota al Concejo Deliberante, pidiendo que investigue las acciones llevadas adelante por el intendente Guillermo Montenegro contra “trapitos” y personas que duermen en la calle y, de corresponder, lo sancione.

Con la firma de todos sus integrantes, entre ellos los presidentes Adolfo Pérez Esquivel y Dora Barrancos, la CPM menciona que ha visto en los medios y en las redes sociales del propio jefe comunal imágenes “que ponen en evidencia la violencia física y psíquica, las amenazas, hostigamiento y abuso de autoridad ejercidas por agentes de la Patrulla Municipal contra personas vulnerables”.

“Estas acciones –señala– constituyen delitos penados por nuestro Código Penal y a esto debe agregarse que el intendente no solo ha incumplido con su obligación de denunciar estas conductas ilícitas de sus funcionarios públicos, sino que además las ha festejado y reivindicado en mensajes y publicaciones que sin duda constituyen apología del delito y violan las prescripciones de la Ley 23.592, que sanciona los actos discriminatorios en nuestro país”.

Para la CPM, “esto se agrava más, ya que la Patrulla Municipal, además de los delitos mencionados, ha violado la normativa vigente llevando a cabo acciones que son propias y exclusivas del Estado provincial y sus fuerzas de seguridad, como detener personas y utilizar armamento para el que no está habilitada”.

Hace hincapié en el video del “trapito” que dormía en la calle y es aprehendido, pero que antes intenta golpear a uno de los agentes y luego recibe un golpe de puño cuando ya lo tenían sujetado. “A ello debemos sumarle otros hechos de gravedad”, remarca.

Según la CPM, “además de los hechos ilícitos cometidos por los funcionarios municipales, deben ser investigados, por un lado, la utilización de armas menos letales (denominadas comúnmente “no letales”) y la aprehensión de personas por parte de la Patrulla Municipal sin las debidas facultades ni respaldo normativo para tales acciones, y por el otro, la repercusión por las expresiones del intendente Guillermo Montenegro en función de la apología del delito”.

Consideran que “la actuación del personal municipal perteneciente a la Patrulla Municipal, que funciona bajo la órbita de la Secretaria de Seguridad, es contraria a la competencia exclusiva asignada por la ley provincial 12.154 de Seguridad Pública de la Provincia de Buenos Aires, por lo que constituye un grave y preocupante avasallamiento de las competencias legales”.

La Comisión por la Memoria, un organismo público, autónomo y autárquico de la provincia designado “Mecanismo Local de Prevención de la Tortura”, asegura que según lo dispuesto en el decreto de creación, la Patrulla Municipal “no contiene ni en sus misiones ni en sus funciones facultades tales como las vinculadas a aprehensiones y/o detenciones, ni para el uso de armamento de ningún tipo”.

“En virtud de lo expuesto, podríamos afirmar que la actuación del personal municipal bajo la órbita de la Patrulla Municipal perteneciente a la Secretaria de Seguridad del Partido de General Pueyrredon se encuentra en colisión con la normativa vigente, al arrogarse ilegítimamente facultades de jurisdicción provincial. Más aún, su actuación ha desnaturalizado e infringido la misión y funciones establecidas por la norma local”, sostienen.

Para la CPM, “pareciera que el mensaje que el propio Poder Ejecutivo municipal quiere darle a la sociedad es que esa es la suerte que correrán las personas en situación de calle, no la implementación de medidas de gobierno que promuevan la generación de empleo, las experiencias asociativas, el acceso a la vivienda, al desarrollo y a un nivel de vida adecuado”.

“Esto afecta gravemente la dignidad humana de personas muy vulnerables que requieren, más que otras, una acción positiva por parte del Estado”, puntualiza, y acota: “Algo similar ocurre con las personas que viven de la venta ambulante o con aquellos que trabajan cuidando vehículos en la vía pública; todas actividades lícitas que tienen como única finalidad ejercer un trabajo para procurarse un sustento propio y/o para sus familias. Se les impide trabajar, pero, además, se los estigmatiza, se los discrimina y se los persigue”.

Finalmente, solicitan la intervención del Concejo “para que, conforme sus atribuciones, realice todas las acciones tendientes a revertir la situación (…) e investigue y de corresponder sancione al intendente Guillermo Montenegro” conforme las previsiones de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Efemérides - 18 de Febrero
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Día de la Mujer Americana
Día de Santa Bernardita
Día Internacional del Síndrome de Asperger
1564Muere Miguel Angel Buonarotti, polifacético artista (arquitecto, pintor y escultor)
1800 Nace Dalmacio Vélez Sarsfield, jurisconsulto autor del Código Civil Argentino y coautor del Código de Comercio.
1812Se aprueba la Escarapela, azul, celeste y blanca
1826Bernardino Rivadavia es elegido presidente
1889Fundación del Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires
1918Nace el compositor, Mariano Mores
1927Nace el periodista e historiador, Osvaldo Bayer
1928Nace el músico, Oscar Berlingieri
1932Se funda la Asociación Argentina de Actores
1933Nace Yoko Ono, viuda de John Lennon
1937Se funda radio Provincia de Buenos Aires
1938Se suicida el escritor Leopoldo Lugones en una isla del Tigre
1950Nace la actriz, Cybill Shepherd
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1967Nace el ex futbolista italiano, Roberto Baggio
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