El juez federal con competencia electoral Alejo Ramos Padilla rechazó una medida cautelar presentada por dos afiliados de la Unión Cívica Radical (UCR) bonaerense que solicitaban frenar la prórroga de mandatos dispuesta por el plenario partidario, por lo que el actual presidente del comité provincia, Maximiliano Abad, continúa en funciones.
Esta presentación se había realizado después del último encuentro partidario bonaerense realizado el 28 de marzo, donde acordaron extender el mandato del senador nacional para no quedar en acefalía.
En el fallo, Ramos Padilla ratificó la legalidad de la decisión adoptada por la conducción de la UCR, y le otorga un nuevo respaldo al oficialismo en la fuerte disputa que atraviesa el centenario partido en suelo bonaerense tras las irresueltas elecciones del año pasado.
El plenario de marzo se había dado luego de que el resultado de las elecciones del año pasado quedara en suspenso por una decisión de la Cámara Nacional Electoral que ordenó una serie de medida respecto de los comicios internos, en los que la Junta Electoral Partidaria y la Justicia Electoral, en primera instancia, había dado ganador a la lista encabezada por Miguel Fernández, alineado con Abad, por sobre la de Pablo Domenichini, que responde a Martín Lousteau y Facundo Manes.
Frente a eso, los denunciantes Rodrigo Galetovich y Ricardo Sánchez afirmaron que se trató de un “acto antijurídico y arbitrario” debido a la manifiesta incompetencia con la que fue dictada y a su falta de sustento en la Carta Orgánica partidaria. Sin embargo, el juez federal rechazó el intento de impugnación del plenario y ratificó la extensión del mandato de Abad.
En su fallo, Ramos Padilla argumentó que los mismos afiliados que luego objetaron la prórroga habían votado en contra de la conformación de un comité de contingencia que justamente buscaba evitar esta situación, y se volcó en favor del abadismo.
Asimismo, señaló que esa conducta resulta “contradictoria” y que no se puede reclamar judicialmente por las consecuencias de una decisión a la que contribuyeron con su voto. Además, subrayó que los demandantes no pudieron demostrar que la prórroga les haya provocado un “perjuicio concreto y sustancial” como afiliados.
