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Miércoles - 21 de Septiembre de 2011 20:36
Mercantiles tendrán su propio fin de semana largo
La ley nº 26.541, promulgada en diciembre de 2009, estableció que el Día del Empleado de Comercio, que se celebra cada 26 de septiembre, sea feriado nacional para los trabajadores del rubro. Este año, la festividad cae lunes, por lo cual aquellos que puedan gozar de su derecho tendrán un descanso extendido.
Así lo recordaron los integrantes de la comisión directiva y del cuerpo de delegados del Sindicato de Empleados de Comercio de Mar del Plata y la Zona Atlántica.
En un plenario celebrado días atrás, las autoridades gremiales resolvieron comunicar a afiliados y no afiliados que la normativa de orden superior señala el día como no laborable. En consecuencia, los empleados tendrán la potestad de decidir si concurren o no a su lugar de trabajo.
La difusión se llevará a cabo a través de una campaña de esclarecimiento denominada “El Poder está en vos”, que recorrerá todos los comercios y empresas de la ciudad el próximo sábado 24 de septiembre.
Vale destacar que, tal como lo explicó el secretario gremial del Sindicato, Guillermo Bianchi, “el Art. 166 de la Ley de Contrato de Trabajo determina que en los feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical”.
Es decir, “en dichos días, los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aún cuándo coinciden en domingo. En caso que presten servicios, cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual”.
En un plenario celebrado días atrás, las autoridades gremiales resolvieron comunicar a afiliados y no afiliados que la normativa de orden superior señala el día como no laborable. En consecuencia, los empleados tendrán la potestad de decidir si concurren o no a su lugar de trabajo.
La difusión se llevará a cabo a través de una campaña de esclarecimiento denominada “El Poder está en vos”, que recorrerá todos los comercios y empresas de la ciudad el próximo sábado 24 de septiembre.
Vale destacar que, tal como lo explicó el secretario gremial del Sindicato, Guillermo Bianchi, “el Art. 166 de la Ley de Contrato de Trabajo determina que en los feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical”.
Es decir, “en dichos días, los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aún cuándo coinciden en domingo. En caso que presten servicios, cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual”.
Efemérides - 21 de Septiembre
Comienza la Primavera en el Hemisferio Sur
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Día de la Cosmetóloga
Día de la Sanidad
Día de San Mateo
Día del Artista Plástico
Día del Estudiante
Día del Fotógrafo
Día Internacional de la Paz
Día Mundial del Alzheimer
1792La Convención declara la Revolución Francesa y la abolición de la monarquía
1860Muere el filósofo, Arthur Schopenhauer
1863España reconoce la independencia argentina
1884Abre en el barrio de Almagro en Buenos Aires, Rivadavia y Medrano, la confitería Las Violetas
1888Llegan a Buenos Aires los restos mortales de Domingo Faustino Sarmiento, fallecido el 11 de septiembre en Asunción, República del Paraguay
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1938Nace el músico, Jaime Torres
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1992Falleció el productor y director de cine y TV, David Stivel
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